Plan de Evacuación

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Este servicio es un modelo necesario para aumentar las condiciones de seguridad para los ocupantes de un inmueble.
Con el Plan de Evacuación que ofrece SEGAM, se da cumplimiento a las disposiciones establecidas en el Artículo Nº 144 Inciso Tercero, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, Titulo III, Capitulo II, Párrafo 5, en lo referido a las Inspecciones y Recepciones de Obra, que exige que todo edificio cuente con un Plan de Evacuación ingresado a Bomberos, antes de su recepción final y definitiva.